La sala de casación laboral de la Corte Suprema de Justicia, en sentencia SL1740-2021, estableció la naturaleza del régimen de prima media con prestación definida. Ello se dio en el trámite de un proceso ordinario laboral cuya finalidad era el reconocimiento y pago de una pensión de sobrevivientes a la que presuntamente tienen derecho los demandantes, el correspondiente retroactivo y los intereses a que haya lugar.
Así las cosas, y formulado el problema jurídico por parte de la Corte, en cuanto a la determinación del cálculo actuarial para fijar los montos de la prestación en cuestión y en cabeza de qué demandado recae, esa corporación desarrolló la naturaleza del régimen de prima media en los siguientes términos:
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