La Corte Suprema de Justicia en sentencia SL2084-2023 hizo un recuento sobre el Marco jurídico y jurisprudencial respecto a las actividades de las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado.
La Corte ha definido a las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado como «aquellas empresas sin ánimo de lucro que vinculan el trabajo personal de sus asociados para la producción de bienes, ejecución de obras o la prestación de servicios económicos, profesionales, intelectuales o científicos, para lo cual fijan sus propias reglas conforme a las disposiciones legales y con las cuales autogobiernan sus relaciones» (CSJ SL3436-2021).
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