La Corte suprema de Justicia en sentencia SL2799/2020 realizo importantes apuntes sobre las COTIZACIONES O APORTES DE DOCENTES de hora cátedra; al respecto la Corte manifestó que: “Tratándose de profesores de hora cátedra, las instituciones universitarias deben hacer aportes a pensiones durante toda la vigencia de la relación laboral, es decir, por los tiempos que dure el periodo académico para el cual se contratan, mas no por aquellos en que no hay prestación efectiva del servicio, y sobre una base no inferior a un SMLMV por cada mes, así el número de horas sea de baja intensidad, ello en virtud de postulados constitucionales como el principio de igualdad y el derecho al trabajo en condiciones dignas y justas, y los Convenios 100 y 111 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que promueven la igualdad de oportunidades para todos los … Leer más