La sala de casación laboral de la honorable Corte Suprema de Justicia, en sentencia SL3301-2021, estableció el deber de las administradoras de pensiones en cuanto a probar la diligencia de información en casos de ineficacia del traslado en régimen pensional de los afiliados. Esa corporación conoció del recurso de casación formulado contra la sentencia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, dentro del proceso ordinario cuya finalidad era la declaración de nulidad o ineficacia del traslado de la demandante del Régimen de Prima Media con Prestación Definida al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad. En consecuencia, esa entidad judicial estudió el deber de información de las Administradoras de Fondos de Pensiones hacia los afiliados al sistema, en cuanto a las características de cada uno de los regímenes pensiónales, en los siguientes términos: Ha enseriado esta Corporación que, desde su … Leer más
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