La Honorable Corte Suprema de Justicia en sentencia SL4698-2020 realizo importantes precisiones sobre la afiliación de un trabajador al sistema de seguridad social que cuenta con más de 55 años, para ello se pronunció sobre cuatro ítems, a saber: (1) exclusiones en los regímenes pensiónales. Para la corte es errada la apreciación “que el empleador no está obligado a efectuar aportes pensiónales en favor del demandante por estar excluido del sistema, comoquiera que contaba con más de 55 años a la entrada en vigor del sistema general de pensiones y más de 60 años al inicio de la relación laboral.” (2) interpretación de la disposición aplicable, a partir de la expedición de la Ley 100 de 1993 no existe ninguna disposición que excluya a aquellos trabajadores activos que tengan o sobrepasen la edad mínima exigida para acceder a la pensión de vejez, de la obligación … Leer más