La ilustre Corte Suprema de Justicia, en sentencia SL489-2021, desarrolló los conceptos de derechos adquiridos Vs. expectativas legítimas en materia de pensión de sobrevivientes. Dicha actividad se dio en el trámite de un recurso de casación contra la sentencia de segundo grado del Tribunal Superior de Medellín, en el curso de un proceso ordinario laboral promovido con el fin de obtener el reconocimiento y pago de una pensión de sobrevivientes.
Dentro de la actuación procesal, se registró que el aquo accedió a las pretensiones de la demanda y reconoció la existencia del derecho prestacional, no obstante, el ad quem resolvió reconocer tal derecho en favor de la interviniente ad excludemdun, en calidad de compañera permanente del afiliado a la fecha del fallecimiento. Inconforme con esta decisión, la demandante formuló recurso de casación contra dicha providencia, alegando fundamentalmente que la sentencia recurrida desconoce lo preceptuado por la jurisprudencia en cuanto al término de la convivencia requerido y los conceptos de derechos adquiridos y expectativas legítimas.
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