SOBRE LAS NOTIFICACIONES, PROVIDENCIAS Y RECURSOS EN EL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO Comentarios sobre algunos cambios introducidos por el CGP en cuanto a la sentencia de modo coherente con lo que se ha venido exponiendo, la principal modificación que introduce el CGP en cuanto a la sentencia, tiene que ver con la oportunidad y forma en la que esta será proferida, por regla general. Así, el artículo 373 del CGP señala, en su numeral 5°, que en la audiencia de instrucción y juzgamiento se proferirá la sentencia en forma oral, una vez que las partes hayan expuesto sus alegatos, también en forma oral. El mismo numeral indica, en su inciso segundo, que, si fuere necesario, podrá ordenarse un receso de hasta dos (2) horas para el pronunciamiento del fallo. El tercer inciso señala que si no fuere posible dictar el fallo de manera oral, deberá dejarse … Leer más