La Honorable Corte Suprema de Justicia por medio de la sala de Casación Penal en sentencia SP-2020 Realizó importantes precisiones sobre el delito de inasistencia Alimentaria, y la Validez de la conciliación para precluir el delito de inasistencia alimentaria. Sobre la Inasistencia alimentaria, la corte dijo: “La jurisprudencia de la Sala ha definido como elementos constitutivos de este ilícito, la existencia del vínculo o parentesco entre el alimentante y alimentado, la sustracción total o parcial de la obligación, y la inexistencia de una justa causa, de modo que el incumplimiento de las obligaciones alimenticias debe producirse sin motivo o razón que lo justifique.” “Con relación al bien jurídico protegido , esta Corporación ha decantado que no se trata del patrimonio económico, pues lo que se sanciona no es la defraudación económica del capital ajeno, sino que pretende proteger a la … Leer más
El Tribunal Superior de Buga resolvió la duda sobre si ¿al aprobar los inventarios y… Leer más
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo recordó los requisitos para… Leer más
La Corte Suprema de Justicia en sentencia SC2556-2024 recordó las diferencias entre un Contrato de… Leer más
La Corte Suprema de Justicia en sentencia SC2751-2024 se pronunció sobre el contrato de corretaje… Leer más
El tribunal Superior de Buga, Recordó sobre el pago de honorarios profesionales de abogado. Al… Leer más
La Honorable Corte Constitucional recordó la forma como se debe hacer la valoración, la prueba… Leer más
Esta web usa cookies.