La ilustre Corte Suprema de Justicia, en sentencia SP3608-2021, señaló que el delito de abuso de confianza se consuma con la disposición de la cosa, por lo que su ejecución es instantánea. Dicha aseveración, se dio en el trámite del recurso de casación contra la sentencia de segundo grado del Tribunal Superior de Bogotá, que confirmó la sentencia de primera instancia que, condenó al acusado y recurrente por el delito de abuso de confianza. Es por ello que la Corte optó por abordar la naturaleza jurídica del delito en cuestión y determinó las condiciones de consumación, rememorando lo consignado por esa corporación sobre el tema, así: (…) se trata de un punible de comisión instantánea, cuya consumación ocurre en el momento mismo en que el agente efectúa un acto externo de disposición de la cosa o de incorporación de ella … Leer más
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