La honorable Corte Suprema de Justicia en sentencia SP784-2021 recordó que Dar un “beso largo” a una menor de 14 años, no atrae el calificativo de injurias de hecho. Son acciones evidentemente lujuriosas y constituye acto sexual abusivo. Sobre dicha temática, la Corte en sentencia CSJ, 16 may. 2012, Rad. 34661, reiterado en SP15269-2016, Rad. 47640 puntualizó: «A propósito, la Sala ratifica el criterio expuesto a partir de la sentencia de 5 de noviembre del 2008, radicación 30.305, en el sentido de que cuando se hace objeto a un menor de edad de tocamientos en sus partes íntimas, besos en la boca o actos similares, ese tipo de comportamientos no atraen el calificativo Impugnación especial de injurias de hecho, porque es claro que con ellos se persigue afectar la integridad sexual del perjudicado, quien por sus mismas condiciones de inmadurez … Leer más
El Tribunal Superior de Santa Rosa de Viterbo recordó las características de la violencia intrafamiliar… Leer más
El Tribunal Superior de Ibagué, se pronunció sobre las labores agrícolas en finca y condeno… Leer más
El Tribunal superior de Manizales, recordó sobre las pruebas compartidas, específicamente sobre los testigos comunes… Leer más
El Tribunal Superior de Antioquia confirmó parcialmente la sentencia del Juzgado Civil Laboral del Circuito… Leer más
¿Qué es el aumento de cuota alimentaria? Es un proceso legal que busca modificar la… Leer más
Solicitud: El propietario, poseedor o tenedor legítimo del vehículo presenta una solicitud ante el juez… Leer más
Esta web usa cookies.