La honorable Corte Suprema de Justicia en sentencia SP784-2021 recordó que Dar un “beso largo” a una menor de 14 años, no atrae el calificativo de injurias de hecho. Son acciones evidentemente lujuriosas y constituye acto sexual abusivo. Sobre dicha temática, la Corte en sentencia CSJ, 16 may. 2012, Rad. 34661, reiterado en SP15269-2016, Rad. 47640 puntualizó: «A propósito, la Sala ratifica el criterio expuesto a partir de la sentencia de 5 de noviembre del 2008, radicación 30.305, en el sentido de que cuando se hace objeto a un menor de edad de tocamientos en sus partes íntimas, besos en la boca o actos similares, ese tipo de comportamientos no atraen el calificativo Impugnación especial de injurias de hecho, porque es claro que con ellos se persigue afectar la integridad sexual del perjudicado, quien por sus mismas condiciones de inmadurez … Leer más
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