La Honorable Corte Suprema de Justicia Sala de casación Civil en sentencia STC-6066-2018 aclaro que los Padres no están obligados a costear segunda carrera profesional de hijos. Para la Corte los 25 años de edad son solo un parámetro para establecer si se conserva o no el deber de suministro de alimentos a los descendientes, es por eso que: Los padres de hijos mayores de edad no están obligados a costearles una segunda carrera cuando los jóvenes ya son profesionales y pueden atender su propia manutención y sostenimiento. Así lo dejó claro la Corte Suprema de Justicia, al negar una acción de tutela mediante la cual un administrador de empresas de 24 años de edad, graduado a los 20 en una prestigiosa universidad del país, pretendía que un juez de familia de Bogotá ordenará al padre que le siguiera pagando … Leer más
El Tribunal Superior de Buga resolvió la duda sobre si ¿al aprobar los inventarios y… Leer más
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo recordó los requisitos para… Leer más
La Corte Suprema de Justicia en sentencia SC2556-2024 recordó las diferencias entre un Contrato de… Leer más
La Corte Suprema de Justicia en sentencia SC2751-2024 se pronunció sobre el contrato de corretaje… Leer más
El tribunal Superior de Buga, Recordó sobre el pago de honorarios profesionales de abogado. Al… Leer más
La Honorable Corte Constitucional recordó la forma como se debe hacer la valoración, la prueba… Leer más
Esta web usa cookies.