La honorable Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil en Sentencia STC-6917/2019 Realizó precisiones sobre el concepto de Coposesión, para la Corte: “Cuando se defiende una posesión compartida: ‘si la posesión comporta un animis domini, elemento prototípico de quien posee, de consiguiente, si quien dice ser poseedor, reconoce dominio ajeno o ejerce posesión compartida con quien en verdad aparece y es, a la vez a los ojos del legislador inicialmente verdadero propietario, o luego tenedor o coposeedor del mismo grado, vano es el esfuerzo de señorío único’. Nótese pues cómo no es consecuente ni admisible alegar como sustento de la oposición a una diligencia de entrega dispuesta con base en una sentencia, la calidad de coposeedor con el demandado, pues al sostener ésta se niega al mismo tiempo el señorío exclusivo y excluyente propio del animus domini característico de … Leer más
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