La ilustra Corte Suprema de Justicia, en sentencia STC10417-2021, precisó que la notificación se perfecciona con la constancia de entrega y no con el acuse de recibido. Ello se dio en el trámite una acción de tutela contra providencia judicial, el que se alegaba la nulidad de lo actuado en un proceso de familia por indebida notificación al demandado. El recurrente alegó, en contra del fallador de segunda instancia, que su decisión se basaba en un criterio subjetivo de apreciación que vulneraba su derecho fundamental al debido proceso, pues para efectos de notificaciones esta debía entenderse surtida a partir del momento en la parte se hace parte del proceso, y no desde la fecha de envío de esta. Así las cosas, la Corte recordó lo consignado por la jurisprudencia de esa corporación sobre que la notificación se perfecciona con la … Leer más
El Tribunal Superior de Buga resolvió la duda sobre si ¿al aprobar los inventarios y… Leer más
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo recordó los requisitos para… Leer más
La Corte Suprema de Justicia en sentencia SC2556-2024 recordó las diferencias entre un Contrato de… Leer más
La Corte Suprema de Justicia en sentencia SC2751-2024 se pronunció sobre el contrato de corretaje… Leer más
El tribunal Superior de Buga, Recordó sobre el pago de honorarios profesionales de abogado. Al… Leer más
La Honorable Corte Constitucional recordó la forma como se debe hacer la valoración, la prueba… Leer más
Esta web usa cookies.