STC13728-2021: Rechazar apelación por recibirse vía correo electrónico un minuto después de la hora de cierre, es exceso de ritual manifiesto.

La ilustre Corte Suprema de Justicia, en sentencia STC13728-2021, estableció que rechazar apelación por recibirse vía correo electrónico un minuto después de la hora de cierre, es exceso de ritual manifiesto. Dicha aseveración se dio en el trámite de un recurso de apelación contra la sentencia de primer grado proferida en el marco de una acción de tutela contra una providencia judicial que, declaró desierto el recurso por extemporáneo.

El recurrente reclamó la protección constitucional de sus derechos fundamentales al debido proceso, al acceso a la administración de justicia, a la defensa y a la doble instancia, presuntamente conculcados por la autoridad jurisdiccional accionada, al haber declarado desierto el recurso de apelación que formuló contra la sentencia proferida en el proceso de cesación de efectos civiles de matrimonio católico, con fundamento en haber remitido a esa entidad judicial el escrito de sustentación de forma extemporánea, esto es, un minuto después de la hora de cierre.


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