La honorable Corte Suprema de Justicia en Sala de Casación Civil STC13837-2017 hizo precisiones sobre el marco legal del Derecho que tienen los menores a percibir alimentos de sus abuelos, cuando es procedente y bajo qué requisitos. La Corte recordó que los niños, niñas y adolescentes tienen el derecho fundamental a recibir alimentos, el cual se extiende a la recepción de las cuotas alimentarias que se presumen indispensables para garantizar su desarrollo pleno e integral, derecho que se puede materializar, cuando las circunstancias así lo exigieren, a través de los procedimientos especiales previstos en la ley, como son los procesos de fijación de cuota alimentaria, ejecución y revisión de los mismos. Que el deber de asistencia alimentaria se establece sobre dos requisitos Fundamentales: La necesidad del beneficiario. Capacidad del obligado, quien debe ayudar a la subsistencia de sus parientes sin … Leer más