La Corte Suprema de Justicia en Sentencia STC1590 DEL 2024 Recordó los eventos en los que procede la tutela contra tutela. Al respecto, dijo: solamente es factible el examen de estas cuando:
«Se omite la integración del contradictorio o la notificación de las personas con interés jurídico para intervenir», ya que, de otro modo, «se abriría la puerta a una espiral infinita de acciones de la misma naturaleza que tornaría eterna la definición del primer fallo» (STC4822-2023).
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