Categorías: Uncategorized

STC16384-2019 reprogramar las audiencias

La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia en sentencia STC16384-2019 establece que el juez no puede reprogramar las audiencias, sin otorgar plenas garantías, el derecho de audiencia de las partes debe ser respetado.

Lo anterior debido a que se había programado audiencia para el día 26 de septiembre del 2019, pero la misma fue adelantado por el despacho judicial para el día 06 de agosto del 2019, decisión que fue notificada en estado y por medio de la página de Facebook del despacho judicial.

El accionante manifiesta que debido a esta reprogramación no puedo asistir a la audiencia reprogramada para el día 6 de agosto, pues nunca se enteró de esa decisión.


🔒 Acceso restringido

Para leer el artículo completo y descargar la providencia, necesitas estar suscrito.
¿Aún no tienes membresía? Suscríbete ahora y accede a todo el contenido, incluyendo modelos, libros, esquemas, resúmenes jurídicos y jurisprudencia.


Suscríbete

GMH ABOGADOS

Entradas recientes

El Acusador Privado en Colombia

      El Acusador Privado en Colombia Una guía detallada sobre su rol, proceso… Leer más

2 horas hace

Prescripción de impuestos (predial y vehicular)

Infografía: Prescripción de Impuestos en Colombia Prescripción de Impuestos cuándo se extingue la obligación de… Leer más

3 días hace

Liquidación del crédito 446 CGP

      Liquidación del Crédito Un Análisis Visual del Artículo 446 del Código General… Leer más

3 días hace

<h1 style="color: #1a73e8; font-size: 2.3rem; margin: 1rem 0 0.5rem;">🏛️ Contrato realidad en entidades públicas: Consejo de Estado exige pruebas concretas</h1>

🏛️ Derecho Administrativo Consejo de Estado · Rad. 17001-23-33-000-2018-00396-01 Ponente: Juan Camilo Morales Trujillo ·… Leer más

6 días hace

Esta web usa cookies.