La honorable Corte Suprema de Justicia en sentencia STC2095-2024 Reitero la unificación jurisprudencial sobre la forma de acreditar el acuse de recibo. El respecto recordó: Sobre la forma de acreditar el acuse de recibo –que no es otra cosa que la constatación de que la misiva llegó a su destinoamerita reiterar que el legislador no impuso tarifa demostrativa alguna, de suerte que, como se dijo, existe libertad probatoria, bien sea en el trámite de nulidad o por fuera de él. En ese sentido, tal circunstancia puede verificarse -entre otros medios de prueba- a través: i) Del acuse de recibo voluntario y expreso del demandado. ii) Del acuse de recibo que puede generar automáticamente el canal digital escogido mediante sus «sistemas de confirmación del recibo», como puede ocurrir con las herramientas de configuración ofrecidas por algunos correos electrónicos, o con la … Leer más