La insigne Corte Suprema de Justicia, en sentencia STC3900-2022, precisó los requisitos para la compensación de perjuicios por incumplimiento de la obligación en procesos ejecutivos. Ello se dio al conocer la tutela presentada por un ciudadano que en el 2015 suscribió con una constructora una promesa de compraventa de un apartamento en un conjunto residencial de Armenia, en la que se pactó que casi un año después se suscribiría la escritura pública de compraventa, y se le entregaría el apartamento. Sin embargo, cuando llegó la fecha convenida, la Constructora no cumplió con esos compromisos, a pesar de que el comprador ya había pagado el dinero requerido. Ante esta situación, el ciudadano afectado promovió un proceso ejecutivo para que se le ordenara a la constructora pagarle el precio que se había pactado en el contrato de promesa de compraventa, más los … Leer más
La Honorable Corte Suprema de Justicia en sentencia STC10279-2024 recordó que enviar el auto admisorio… Leer más
El Tribunal Superior de Buga resolvió la duda sobre si ¿al aprobar los inventarios y… Leer más
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo recordó los requisitos para… Leer más
La Corte Suprema de Justicia en sentencia SC2556-2024 recordó las diferencias entre un Contrato de… Leer más
La Corte Suprema de Justicia en sentencia SC2751-2024 se pronunció sobre el contrato de corretaje… Leer más
El tribunal Superior de Buga, Recordó sobre el pago de honorarios profesionales de abogado. Al… Leer más
Esta web usa cookies.