El insigne Consejo de Estado, mediante sentencia de radicado No. STC5487-2022, precisó que es obligación reubicar a empleada con cáncer, desvinculada por nombramiento en propiedad. Esa corporación conoció la impugnación presentada en contra del fallo de primera instancia de una acción de tutela promovida por el accionante al considerar vulnerados sus derechos fundamentales al debido proceso, a la seguridad social, a la salud, al trabajo, al mínimo vital y a la dignidad humana. Como fundamento fáctico se adujó que la accionante fue desvinculada del cargo que ocupaba en provisionalidad dado un nombramiento en propiedad producto de un concurso de méritos, la accionante padece de cáncer y esto era de conocimiento del empleador. Así las cosas, el Consejo de Estado, con el fin de determinar si efectivamente los accionados vulneraban los derechos fundamentales de la accionante, estudió la estabilidad laboral de … Leer más