La Honorable Corte Suprema de Justicia en sentencia STC5594/2020 estableció que los hijos de crianza pueden ejercer acción judicial para esclarecer sus vínculos de filiación familiar. En palabras de la corte: “las relaciones de familia están determinadas por vínculos naturales o jurídicos (Art. 42-1 de la Constitución Política), así para efectos de establecer la filiación de una persona las presunciones consagradas por la ley tienen su fuente en el trato sexual entre los presuntos padres o la asistencia científica (Art. 42-7 ibídem), no obstante, a pesar de que la mayoría de las normas que regulan el tema de la filiación están encaminados a establecer el vínculo consanguíneo o adoptivo entre los presuntos padres y el presunto hijo, el ordenamiento legal de antaño, consagró una presunción de paternidad extramatrimonial, donde no se exigía como requisito para establecerla las relaciones carnales o … Leer más
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