La Honorable Corte Suprema de Justicia en Sentencia STL10926-2020 recordó que existe una reiterada jurisprudencia sobre la nulidad de los traslados de regímenes pensiónales. En tal orden, debe precisar que la sala laboral ha dejado clara su postura, al indicar que: “la elección de cualquiera de los dos regímenes pensionales existentes, debe estar precedida de una decisión libre y voluntaria, de suerte que las Administradoras de Pensiones tienen el deber de brindar a sus afiliados una asesoría que les permita tener los elementos de juicio suficientes para advertir la trascendencia de la decisión tomada al momento del traslado, sin importar si la persona es o no beneficiaria del régimen de transición, si tiene o no un derecho consolidado, o si está próximo a pensionarse” En la sentencia en mención, la corte trajo a colación, la reciente sentencia CSJ SL1452-2019, en … Leer más