Nulidad por indebida notificación cuando no se tiene acceso al correo electrónico.

La corte Suprema de Justicia sala laboral en sentencia STL6852-2023, confirmo la nulidad por indebida notificación ordenada por el tribunal, lo anterior, dado que en el incidente de nulidad se logró demostrar que el demandado no tenía acceso a su correo.

Los hechos 

En un proceso ordinario laboral, el demandado fue notificado a su correo institucional que tenía asignado por parte de la universidad, el proceso siguió sin defensa por parte del demandado y se dictó sentencia que lo condeno al pago de una suma de dinero, luego de la sentencia el accionante promovió proceso ejecutivo y se libró mandamiento de pago y se ordenó el embargo de las cuentas bancarias del demandado, y de esta forma fue que la parte pasiva «se dio cuenta de que había sido demandado» y solicitó la nulidad de todo lo actuado por indebida notificación del auto admisorio de la demanda, fundando su argumento en un «ataque cibernético» que sufrió la Universidad el Bosque, titular del dominio del correo electrónico al que fue notificado.


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1 comentario en «Nulidad por indebida notificación cuando no se tiene acceso al correo electrónico.»

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