La Corte Suprema de Justicia en Sala de Casación penal en sentencia STP12657-2019 ha manifestado que la extracción de información a los celulares no requiere control previo, La corte trajo a colación un pronunciamiento del CSJ AP967-2016 que establece lo siguiente: “la información a salvar desde el teléfono celular y la sim card no tiene la categoría de base de datos (inciso 2 artículo 244 de la ley 906 de 2004) sino, la de documentos digitales, cuya recuperación y análisis ejecuta la fiscalía como actividad investigativa propia que está sometida a control posterior, como lo dispone el artículo 237 del mismo ordenamiento”. Por lo anterior, la Corte ha manifestado que la información guardada en celulares, memorias extraíbles o sim cards no requiere de orden judicial previa para demostrar la teoría del caso, pues la información contenida en tales aparatos hace … Leer más