La corte suprema de justicia en sentencia STP4042-2023 recordó el procedimiento para acceder a la indemnización administrativa. En cuanto a la reparación administrativa, que difiere de la judicial, la Ley 1448 de 2011, en el Capítulo VII, y su Decreto reglamentario 4800 del mismo año, estableció los mecanismos a través de los cuales se hará efectiva para las víctimas de la violencia. Allí se determinó que corresponde a la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas administrar los recursos destinados a ella, para lo cual en el decreto referido se identificaron los criterios para estimar los montos correspondientes y el procedimiento para elevar la solicitud respectiva. La Corte Constitucional, auto 206 de 2017, en sala especial de seguimiento de la sentencia T – 025 de 2004, indicó que la finalidad o propósito de la indemnización … Leer más