La honorable Corte Constitucional, en sentencia SU108-2020, ordenó compartir entre la cónyuge y la compañera permanente, pensión de sobrevivientes. Ello se dio en el trámite de acción de tutela contra providencia judicial que negó en dos casos diferentes, el derecho de las cónyuges al reconocimiento de la prestación, comoquiera que los jueces de instancia otorgaron el 100% de la prestación a las compañeras permanentes del causante, por considerar que aquellas no habían probado la convivencia con este al momento de su muerte. En este sentido, examinó de manera individual los casos en concreto, sobre los cuales observo defectos en el procedimiento, por lo que resolvió conceder la prestación solicitada proporcional al tiempo que convivieron con el causante. En cuanto a las irregularidades y a la fórmula de solución de la controversia, sostuvo: En el primer caso, la Corte protegió el … Leer más