Categorías: Actualidad Juridica

T-124/21 Altos funcionarios del gobierno no pueden usar sus cuentas personales para identificar al estado con una religión en particular y el mensaje tiene carácter oficial

La honorable Corte Constitucional en sentencia T-124/21 estudio sobre el Principio de laicidad que orienta el Estado colombiano, para la corte:

“Un alto funcionario del Gobierno nacional desconoce el principio de laicidad y los derechos fundamentales a la libertad religiosa y de cultos y a la libertad de conciencia cuando utiliza sus cuentas personales de las redes sociales para promover, adherir o identificar al Estado con una religión en particular y se demuestra que el mensaje tiene un carácter oficial.”


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