La honorable Corte Constitucional en sentencia T-124/21 estudio sobre el Principio de laicidad que orienta el Estado colombiano, para la corte: “Un alto funcionario del Gobierno nacional desconoce el principio de laicidad y los derechos fundamentales a la libertad religiosa y de cultos y a la libertad de conciencia cuando utiliza sus cuentas personales de las redes sociales para promover, adherir o identificar al Estado con una religión en particular y se demuestra que el mensaje tiene un carácter oficial.” En el presente proceso se alegaba que la vicepresidenta de la República vulnera el derecho a la libertad religiosa y de cultos del accionante, al igual que el principio de laicidad que rige al Estado, al publicar a través de su cuenta personal de Twitter y en su perfil de Facebook, un mensaje acompañado con el escudo nacional y el … Leer más
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