La honorable Corte Constitucional en sentencia de tutela No. T022-2022, ordenó a colegio reintegrar a profesora embarazada desvinculada “con base en el criterio de antigüedad”. Esa corporación conoció en sede de revisión de la acción de tutela promovida por una profesora que fue desvinculada de la institución educativa donde laboraba, aparentemente con base en el criterio de antigüedad, pese a que se encontraba en estado de embarazo y fue contratada otra persona para ocupar el cargo que ella desempeñaba.
Ante ese panorama, el juzgador de primera instancia concedió el amparo solicitado y ordenó a la institución educativa a reintegrar a la docente, decisión que fue impugnada por esta y al conocer de ella el superior, declaró la acción improcedente al no encontrar acreditado un perjuicio irremediable y por no cumplirse el requisito de la subsidiariedad.
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