La honorable Corte Constitucional, en sentencia T165-2021, ordenó el pago transitorio de una pensión a cónyuge supérstite mientras queda en firme la sentencia que reconoció dicha prestación, amparando transitoriamente los derechos al mínimo vital y a la vida digna de una ciudadana a la que la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) le suspendió la pensión que recibía por la muerte de su compañero. En 1989 se reconoció el 50% de la pensión a favor de su hija y el otro 50% que le correspondía a ella quedó en suspenso hasta que un juez decidiera a quién debía otorgársele, puesto que otra señora también reclamó la prestación. Por tal motivo, se le recomendó a la ciudadana presentar una demanda, pero nunca lo hizo. A pesar de que la ciudadana señaló que no era razonable la suspensión, después de 20 … Leer más