La honorable Corte Constitucional, en sentencia T165-2021, ordenó el pago transitorio de una pensión a cónyuge supérstite mientras queda en firme la sentencia que reconoció dicha prestación, amparando transitoriamente los derechos al mínimo vital y a la vida digna de una ciudadana a la que la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) le suspendió la pensión que recibía por la muerte de su compañero.
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