La honorable Corte Constitucional, en sentencia T190-2020, ordenó a la Arquidiócesis de Medellín responder derecho de petición de periodista, que tenía como finalidad corroborar indicios de una posible red de abuso sexual de menores por parte de sacerdotes. Dicha orden, se dio en el trámite de revisión de una acción de tutela que tenía por objeto, amparar el derecho fundamental de petición de un periodista que solicitó información a la Arquidiócesis de Medellín, sobre datos de 43 sacerdotes señalados de pederastia, información que esa institución se negó a proporcionar con fundamento en el Derecho Canónico. Ante ese panorama, la Corte expresó que dirimir la controversia suscitada, obedecía a menoscabar los derechos de una de las partes, por lo que se debía recurrir a la figura de la ponderación para sopesar la interacción en el caso en concreto, de las prerrogativas … Leer más