La honorable Corte Constitucional, en sentencia T249-2021, precisó que la pérdida de capacidad laboral de miembros de la Fuerza Pública con VIH implica deberes especiales y periódicos por parte de la entidad a la cual se encuentra adscrito dicho funcionario. La sala sexta de revisión de esa corporación efectuó el estudio de la acción de tutela formulada por un soldado profesional activo diagnosticado con VIH positivo en contra de la Dirección de Sanidad Militar del Ejército Nacional (DISAN EJC), dada la negativa de esta a efectuar una nueva valoración de pérdida de capacidad laboral bajo el argumento que ya existía una valoración sobre ello que se encontraba en firme. Ante ese panorama, la Corte sostuvo que: En este punto, resulta indispensable recordar el carácter de sujetos de especial protección constitucional del que son titulares las personas con VIH y la … Leer más
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