La distinguida Corte Constitucional, en sentencia T317-2020, amparó los derechos fundamentales de un vigilante que era maltratado y humillado por la administradora del conjunto residencial donde laboraba, quien lo gritaba e insultaba con frases como “muerto de hambre”, “su esposa puede estar muy enferma, pero eso no nos importa”, “usted no sirve para nada” e “incompetente”; hasta que un día exigiendo el debido respeto, fue retirado del cargo con la promesa de ser reubicado en otro conjunto residencial, no obstante, tiempo después se le informó la terminación anticipada de su contrato y la no renovación del vínculo laboral.
La Sala Séptima de Revisión de la Corte Constitucional concluyó que se causó un daño al trabajador mediante la agresión verbal, el maltrato y el trato desconsiderado y ofensivo ejercido, al punto de ser despedido sin justa causa por su empleador.
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