La insigne Corte Constitucional, en sentencia T338-2021, precisó que las EPS no pueden exigir fallos de tutela para proporcionar elementos que garanticen el derecho a la salud. Esa corporación conoció la acción de tutela promovida por una mujer de la tercera edad en contra de su EPS, quien se negaba a proporcionar una silla de ruedas con especificaciones bajo el argumento de que insumo estaba excluido del Plan de Beneficios en Salud (PBS), que se requería autorización del MIPRES y que, en todo caso, su entrega estaba condicionada a un fallo de tutela que lo concediera expresamente. Ante ese panorama, La Sala Sexta de Revisión, con ponencia de la magistrada Gloria Stella Ortiz Delgado, sostuvo que desde el 2008 esa Corporación ha dicho que los incentivos normativos para que las personas acudan a la acción de tutela con el fin … Leer más
⚖️ Derecho Constitucional Corte Constitucional · Sentencia T-066 de 2025 · M.P. Natalia Ángel Cabo… Leer más
🧑💼 Derecho Laboral Corte Constitucional · Sentencia T-064 de 2025 · M.P. José Fernando Reyes… Leer más
🧑💼 Derecho Laboral Corte Constitucional · Sentencia T-073 de 2025 · M.P. Diana Fajardo Rivera… Leer más
⚖️ Derecho Procesal Tribunal Superior de Bogotá · Sala Civil · Rad. 11001-31-03-027-2014-00508-01 · M.P.… Leer más
🧑💼 Derecho Laboral Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral · STL4150-2025 · M.P. Carlos… Leer más
📜 Derecho Civil Corte Suprema de Justicia · Sala Civil · SC072-2025 · M.P. Octavio… Leer más
Esta web usa cookies.