La honorable Corte Constitucional, en sentencia T432-2021, precisó que los hijos mayores de edad en situación de discapacidad y con formación académica completa, tienen derecho a recibir alimentos de sus padres. Esa corporación conoció una acción de tutela formulada por un joven de 27 años contra un juzgado que exoneró a su padre del pago de alimentos a pesar del diagnosticado con diversos trastornos psiquiátricos del joven. Según la juez accionada, la historia clínica del joven acredita que este padece una discapacidad de orden médico, en el aspecto psicológico, que no le impide realizar una vida autónoma, independiente y entrar al mercado laboral, percibiendo sus propios ingresos, teniendo en cuenta que culminó sus estudios primarios y secundarios y obtuvo un título técnico. Además, a pesar de no recibir remuneración, ha trabajado desde el 2018 en una emisora de radio como … Leer más
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