La ilustre Corte Constitucional, en sentencia T459-2021, amparó los derechos fundamentales de trabajador que fue despedido luego de sufrir un accidente laboral. El ciudadano celebró un contrato verbal con el dueño de una finca para realizar labores de administración del lugar, cuidado del ganado y cercado de potreros, no obstante, en un accidente con una vaca sufrió una fractura en el peroné y una luxación del tobillo derecho. Durante cinco meses el trabajador recibió su salario hasta que el dueño de la finca decidió prescindir de sus servicios.
Así las cosas, la Sala Quinta de Revisión, con ponencia de la magistrada Paola Andrea Meneses Mosquera, estudió el caso y encontró que el ciudadano fue despedido en razón del deterioro de su salud como consecuencia del accidente laboral, desconociendo que era titular del derecho a la estabilidad laboral reforzada de personas en estado de debilidad manifiesta por razones de salud. Al respecto, esa corporación sostuvo:
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