La insigne Corte Constitucional mediante providencia No. T459-2022, resolvió el siguiente interrogante: ¿Cuándo las EPS están obligadas a autorizar a sus afiliados el transporte intraurbano? Esa corporación en sede de revisión conoció la acción de tutela presentada con el fin de que se protegieran los derechos de un niño de dos años, a quien su EPS le negó la autorización de transporte intraurbano para que pudiera asistir a las terapias que exige el déficit en el neurodesarrollo y la tortícolis congénito que padece y que le fueron prescritas por su médico tratante en una IPS de Cartagena. Dentro de la oportunidad procesal correspondiente, la EPS argumentó que el transporte intraurbano no está incluido dentro del Plan de Beneficios en Salud (PBS) y tampoco había sido prescrito en una orden médica, pese a que la madre del niño alegó no tener … Leer más
El Tribunal Superior de Cundinamarca, Sala Civil Familia, se pronunció sobre la capacidad económica del… Leer más
El Tribunal del Distrito Judicial de Antioquia, Sala de Restitución de tierras, se pronunció sobre… Leer más
El tribunal Superior de Antioquia, sala de restitución de tierras, accedió a la modulación de… Leer más
La Corte Suprema de Justicia en sentencia AP264-2024 recordó la naturaleza del concepto de extradición… Leer más
El Tribunal Superior de Santa Rosa de Viterbo recordó las características de la violencia intrafamiliar… Leer más
El Tribunal Superior de Ibagué, se pronunció sobre las labores agrícolas en finca y condeno… Leer más
Esta web usa cookies.