La honorable Corte Constitucional en sentencia T490-20 Reitero, su jurisprudencia sobre las cirugías plásticas reconstructivas con fines funcionales, recordó que la jurisprudencia constitucional ha enfatizado que las entidades prestadoras de los servicios de salud no pueden entrar a calificar, prima facie, una cirugía plástica reconstructiva como “estética” o “cosmética” sin antes hacer un análisis del caso particular y de las condiciones físicas, psicológicas y funcionales que la rodean. La corte ha establecido como regla general que, en aquellos casos en los cuales el médico tratante ordene un servicio excluido dentro del PBS que sea vital para la salud, la vida digna e integridad del paciente, y que no pueda ser sustituido por otro servicio incluido dentro del PBS, resulta procedente de manera excepcional la autorización y/o suministro del servicio médico. En estos eventos, la Corte Constitucional ha fijado las siguientes … Leer más
⚖️ Derecho Constitucional Corte Constitucional · Sentencia T-066 de 2025 · M.P. Natalia Ángel Cabo… Leer más
🧑💼 Derecho Laboral Corte Constitucional · Sentencia T-064 de 2025 · M.P. José Fernando Reyes… Leer más
🧑💼 Derecho Laboral Corte Constitucional · Sentencia T-073 de 2025 · M.P. Diana Fajardo Rivera… Leer más
⚖️ Derecho Procesal Tribunal Superior de Bogotá · Sala Civil · Rad. 11001-31-03-027-2014-00508-01 · M.P.… Leer más
🧑💼 Derecho Laboral Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral · STL4150-2025 · M.P. Carlos… Leer más
📜 Derecho Civil Corte Suprema de Justicia · Sala Civil · SC072-2025 · M.P. Octavio… Leer más
Esta web usa cookies.