La honorable corte constitucional en Sentencia T507/16 definió el Concepto de libertad de conciencia y realizó un recuento Jurisprudencial de la misma, para la corte desde una dogmática del derecho, es posible identificar a la libertad de conciencia como: “La matriz de otro conjunto de garantías, a saber: la de expresión, la de asociación y la de participación política. Esta Corte ha diferenciado entre las mismas, debido a que el hecho que un concepto sea condición necesaria para el entendimiento de otro no los hace idénticos. Para la corte, el concepto de libertad de conciencia ha sufrido transformaciones en la jurisprudencia Constitucional. De manera intuitiva fue empleado sin establecer delimitaciones concretas frente a derechos relacionados con la libertad. Entre esas transformaciones se pueden mencionar las sentencias más relevantes como lo son: La sentencia T-403 de 1992, que constituyó un precedente … Leer más