Teoría de la Prescripción de las deudas con tarjeta de crédito

💳 Prescripción de deudas con tarjeta de crédito y la integración abusiva del pagaré

Análisis doctrinal · GMH Abogados

📌 Resumen Exprés

  • ⚖️ Tema clave: Prescripción de deudas por tarjeta de crédito
  • 📜 Normas aplicables: Art. 789 C.Co · Art. 2536 C.C. · Jurisprudencia sobre títulos valores
  • 🧾 Cuestiones analizadas:
    • Plazo de prescripción del pagaré de contragarantía
    • Valor probatorio del pagaré de compra
    • Legalidad de la integración retroactiva del pagaré
  • 🏁 Conclusión: El término de prescripción debe contarse desde la primera mora, no desde el diligenciamiento tardío del pagaré
En operaciones con tarjeta de crédito, el usuario suele firmar un pagaré en blanco acompañado de una carta de instrucciones —conocido como pagaré de contragarantía— que respalda el conjunto de las obligaciones adquiridas a través de múltiples compras diferidas. Cada uso genera, en esencia, un pagaré de compra, con plazos individuales, que conforman el saldo de la tarjeta.Según la teoría expuesta, la entidad bancaria suele agrupar todos esos pagarés en mora y diligenciar el pagaré de contragarantía en una fecha posterior, amparándose en la cláusula que permite declarar exigibles todas las obligaciones desde el incumplimiento de una sola. Sin embargo, al hacerlo, se reconfigura artificialmente el vencimiento del título y se reinicia el conteo del término de prescripción, lo cual favorece abusivamente al acreedor.

🧑‍⚖️ Advertencia doctrinal: El uso del pagaré de contragarantía como mecanismo para “revivir” deudas prescritas vulnera los principios de seguridad jurídica y equilibrio contractual.

📆 ¿Cuándo empieza a correr la prescripción?


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