Corte Suprema de Justicia – Sentencia STC8125-2025
(Rad. n.° 25000-22-13-000-2025-00194-01)
📌 Resumen Exprés
- 📰 Tipo de proceso: Impugnación de acción de tutela.
- 🌐 Tema clave: Improcedencia de la tutela para levantar medidas cautelares si existen mecanismos de defensa ordinarios disponibles para terceros.
- 📎 Controversia: Un comprador de vehículos, no parte en un proceso de restitución, interpuso tutela contra las medidas cautelares de aprehensión, alegando ser propietario de buena fe.
- ✅ Decisión: La Corte Suprema de Justicia confirmó la negativa de la tutela, al considerar que el accionante no agotó los recursos ordinarios (oposición a la entrega) y que la tutela no es un mecanismo supletorio de la inactividad procesal.
La Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, ha reafirmado la improcedencia de la acción de tutela para el levantamiento de medidas cautelares cuando los interesados, incluso si son terceros no parte del proceso, cuentan con mecanismos de defensa judicial ordinarios para proteger sus derechos. La sentencia enfatiza el carácter residual y subsidiario de la tutela, así como la obligación de agotar las vías procesales establecidas.
El caso concreto se originó cuando un ciudadano, que alegaba haber adquirido volquetas de buena fe, vio uno de sus vehículos aprehendido por orden judicial, en el marco de un proceso de restitución de mueble iniciado por un banco contra la vendedora original. El accionante interpuso tutela, argumentando que no era parte en el proceso y que su propiedad se veía afectada por decisiones adoptadas sin la debida verificación de los registros de dominio.
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