La Ley 1448 de 2011, conocida comúnmente como la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, constituye el pilar fundamental del marco normativo colombiano diseñado para la atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del prolongado conflicto armado interno que ha afectado al país. Esta ley se inscribe dentro de un enfoque de justicia transicional, buscando ir más allá de la mera compensación económica para abordar las múltiples dimensiones del daño sufrido por millones de colombianos.
El Reconocimiento como Víctima: Inscripción en el Registro Único de Víctimas (RUV)
El acceso a las medidas de atención, asistencia y reparación contempladas en la Ley 1448 de 2011 está supeditado, en la mayoría de los casos, al reconocimiento oficial de la condición de víctima a través de la inscripción en el Registro Único de Víctimas (RUV). Este proceso inicia con la comprensión de quién es considerado víctima bajo el marco legal y culmina con una decisión administrativa por parte de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV).
● A. Definición Legal de Víctima (Ley 1448 y modificaciones Ley 2421/2024)
○ Concepto General: La ley define como víctimas a aquellas personas que, de manera individual o colectiva, hayan sufrido un daño como
consecuencia de hechos ocurridos a partir del 1 de enero de 1985, en el contexto de infracciones al Derecho Internacional Humanitario (DIH) o violaciones graves y manifiestas a las normas internacionales de Derechos Humanos (DDHH), siempre que estos hechos hayan ocurrido
con ocasión del conflicto armado interno colombiano. Esta definición establece un umbral temporal claro y vincula la victimización
directamente con el conflicto armado.
○ Ampliación Temporal (Hechos Anteriores a 1985): Si bien el acceso a la mayoría de las medidas de reparación individual se concentra en hechos posteriores a 1985, la ley reconoce que las personas victimizadas antes de esta fecha tienen derecho a la verdad, a medidas de reparación simbólica y a las garantías de no repetición, como parte del conglomerado social, sin que sea necesaria su individualización para
estos efectos específicos.
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