El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, mediante providencia No. 2016-80247-01, examinó los conceptos de pertinencia, conducencia y utilidad de la prueba, en el trámite de un recurso de apelación contra el auto que negó la práctica de unos testimonios en un proceso penal en el que se investigó la responsabilidad del recurrente por el delito de acceso carnal abusivo con menor de catorce años en concurso con actos sexuales con menor de catorce años, este último, a su vez, en concurso homogéneo y sucesivo.
Así las cosas, el juzgador de instancia sostuvo que no era prohibido solicitar testimonios comunes, pero era exigible una argumentación que permitiera determinar la viabilidad de que los testigos sean interrogados directamente por la defensa, lo que no había ocurrido en este caso y, en cambio, advertía que en el contrainterrogatorio podía controvertirlos para lo que además, tenía la posibilidad de utilizar cualquier declaración anterior sobre los aspectos objeto de debate. No obstante, comoquiera que el defensor no argumentó por qué el contrainterrogatorio no era suficiente para cumplir su objetivo de cuestionar o restar credibilidad a los testigos de la Fiscalía y por ende, inadmitió las pruebas comunes peticionadas.
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