DIVORCIO POR MUTUO ACUERDO, trámite y requisitos
El divorcio por mutuo acuerdo existe cuando los dos cónyuges acuerdan divorciarse, lo que se puede hacer mediante sentencia judicial al tenor de la causal 9 que señalada en el artículo 154 del código civil, o mediante notario como más adelante se aborda.
En el divorcio por mutuo acuerdo no hay acusaciones ni reclamaciones, y por consiguiente no hay indemnizaciones de un cónyuge a favor del otro, pues esos pagos o indemnizaciones proceden únicamente cuando el divorcio es culpa de uno de los cónyuges, y cuando se trata de un divorcio por mutuo acuerdo esos aspectos no se discuten y, por tanto, el juez no se pronuncia sobre ellos.
Esta es una de las fórmulas ideales para tramitar el divorcio, pues el matrimonio como contrato civil que es, debería terminarse, como se inició, por mutuo acuerdo entre las partes.
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