El dictamen pericial en el Código general del Proceso.

El dictamen pericial es una prueba que se utiliza para verificar hechos que interesan al proceso y requieren especiales conocimientos científicos, técnicos o artísticos. Procedencia: La prueba pericial es procedente para verificar hechos que interesen al proceso y requieran especiales conocimientos científicos, técnicos o artísticos. Un Dictamen por Sujeto Procesal: Sobre un mismo hecho o materia, cada sujeto procesal solo podrá presentar un dictamen pericial. Dictamen por un Perito: Todo dictamen se rendirá por un perito. Exclusión de Dictámenes sobre Puntos de Derecho: No serán admisibles los dictámenes periciales que versen sobre puntos de derecho. Documentos de Fundamento e Idoneidad: El dictamen deberá acompañarse de los documentos que le sirven de fundamento y de aquellos que acrediten la idoneidad y la experiencia del perito. Claridad y Precisión del Dictamen: Todo dictamen debe ser claro, preciso, exhaustivo y detallado; en él … Leer más

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