LOS COMPARENDOS DE TRÁNSITO PRESCRIBEN A LOS 3 AÑOS
Comoquiera que el término de prescripción y su interrupción, en ambas normas, es idéntico, debido a que no existe incompatibilidad ni incongruencia, no existe conflicto si se aplica una u otra. Sin embargo, debido a que en el artículo 159 de la Ley 769 de 2002 no alude al transcurso del tiempo de inactividad de la autoridad, una vez se dicte mandamiento de pago, deberá acudirse a lo dispuesto en el Estatuto Tributario, en atención a lo dispuesto por el artículo 5.º de la Ley 1066 de 2006, que en el artículo 818 si establece que el término interrumpido con el mandamiento de pago empezará a correr de nuevo desde el día siguiente a la notificación de este.
De esa manera, se logra una interpretación armónica a las normas vigentes sobre cobro coactivo de las sanciones impuestas por las autoridades, por infracción a las normas de tránsito.
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Buen dia
Explico mi caso: comparendo 12oct 2014, mandamiento de pago 10 febrero 2017, al dia esta por 61 millones por alcoholemia, valor inpagable.
Tiene posibilidad de prescripcion?
Hola, comunícate a este numero 3216991970 te brindaremos asesoría y posible solución a tu caso
Buenos días: cordial saludo.
supuesta infracción cometida en el mes de febrero de 2018 y llega cobro coactivo en julio de 2021.
de antemano agradezco su información
Hola tengo comparendos del 2017 y 2018 no soy la infractora y no fui notificada tienen cobro coactivo desde el 2019 quisiera me asesorará
Hola, te puedo asesorar 3187944223