Los indicios en el Código general del Proceso.

Los indicios son hechos probados en el proceso que permiten inferir la existencia de otros hechos relacionados con el objeto de la decisión judicial. Los aspectos clave a tener en cuenta sobre los indicios según el Código son:

  1. Requisitos de los Indicios (Artículo 240): Para que un hecho pueda considerarse como indicio, debe estar debidamente probado en el proceso.
  2. Conducta de las Partes (Artículo 241): El juez puede deducir indicios de la conducta procesal de las partes.
  3. Apreciación de los Indicios (Artículo 242): El juez debe apreciar los indicios en conjunto, considerando su gravedad, concordancia y convergencia, y su relación con las demás pruebas del proceso.

🔒 Acceso restringido

Para leer el artículo completo y descargar la providencia, necesitas estar suscrito.
¿Aún no tienes membresía? Suscríbete ahora y accede a todo el contenido, incluyendo modelos, libros, esquemas, resúmenes jurídicos y jurisprudencia.


Suscríbete


Descubre más desde GMH ABOGADOS

Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.

Deja un comentario