👨👩👧👦 Derecho Familia
Corte Suprema de Justicia · Sentencia SC1792-2024 · M.P. Hilda González Neira
Corte Suprema de Justicia · Sentencia SC1792-2024 · M.P. Hilda González Neira
👨👩👧👦 Corte aclara reglas de caducidad en impugnación de paternidad por herederos
📌 Resumen Exprés
- 📜 Tema clave: Caducidad de la acción de impugnación de paternidad por herederos.
- 🧾 Contexto: Impugnación de paternidad en proceso sucesoral tras fallecimiento del presunto padre.
- 🏁 Decisión: Corte confirma caducidad de la acción por vencimiento del plazo legal contado desde la muerte del presunto padre.
📋 Claves jurisprudenciales sobre caducidad en impugnación de paternidad
- El término para impugnar la paternidad por herederos se cuenta desde la fecha de fallecimiento del padre, no desde el conocimiento de la existencia del presunto hijo.
- Si el hijo nace posterior a la muerte del progenitor, el término iniciará a partir del nacimiento del descendiente.
- La falta de conocimiento de la existencia del hijo no suspende ni altera el conteo del término.
- Se aplica el artículo 219 del Código Civil, que fija un plazo de 140 días desde el deceso.
- El principio de igualdad de los hijos en el derecho moderno no afecta la aplicación del término de caducidad.
La Corte también explicó que, si bien el ordenamiento jurídico propugna por la igualdad de todos los hijos y la protección de su identidad, ello no suprime los términos legales de caducidad para cuestionar la filiación, establecidos para proteger la seguridad jurídica y la estabilidad del estado civil de las personas.
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