Sanción Moratoria articulo 99 ley 50 de 1990

Sanción Moratoria artículo 99 ley 50 de 1990. La sanción moratoria es una penalidad que se impone al empleador que no consigna las cesantías de sus trabajadores en el fondo correspondiente dentro del plazo legal, que es el 14 de febrero de cada año. Esta sanción consiste en el pago de un día de salario por cada día de mora en la consignación, hasta por 24 meses o hasta que se verifique el pago si el período es menor. Si transcurridos 24 meses el trabajador no ha iniciado su reclamación por la vía ordinaria, el empleador deberá pagar intereses moratorios a la tasa máxima de créditos de libre asignación certificados por la Superintendencia Financiera. La sanción moratoria está regulada por el artículo 99 de la ley 50 de 1990, que modificó el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo. Se … Leer más

Para acceder al contenido debes ser suscriptor y dar clic para iniciar sesión aquí log in Si aun no estas suscrito, puedes adquirir nuestra Suscripción.