🧑‍💼 Corte adopta nuevo criterio: semanas de cotización en pensiones deben calcularse sobre 365 o 366 días

🧑‍💼 Derecho Laboral
Corte Suprema de Justicia · Sentencia SL138-2024 · M.P. Luis Benedicto Herrera Díaz

📌 Resumen Exprés

  • ⚖️ Tema clave: Cómputo de semanas cotizadas · Pensiones de sobrevivientes · Nuevo criterio de contabilización
  • 🧾 Pretensiones:
    • Reconocimiento de pensión de sobrevivientes a favor de cónyuge e hijos
    • Aplicación correcta del conteo de semanas cotizadas
  • 🏁 Decisión: Se casa la sentencia del Tribunal. Se concede la pensión de sobrevivientes aplicando cómputo sobre 365 días/año.

La Corte Suprema de Justicia resolvió el recurso de casación interpuesto por la demandante, quien reclamaba la pensión de sobrevivientes por la muerte de su cónyuge. El Tribunal había negado la prestación por considerar que el causante no alcanzó las 50 semanas requeridas en los últimos tres años de vida, aplicando el tradicional cómputo basado en 360 días por año.Sin embargo, la Corte revisó la contabilización y, tras precisar que los aportes realizados fueron anticipados (y no mes vencido), determinó que correspondía computar las semanas sobre la base real del calendario, es decir, 365 o 366 días por año. Este ajuste llevó a concluir que el afiliado cotizó 49,71 semanas, superando así el umbral para la aproximación a 50 semanas exigidas por la ley.

🧮 Nuevo criterio adoptado: El cómputo de semanas cotizadas debe hacerse sobre 365 o 366 días naturales al año, y no sobre 360 días como tradicionalmente se hacía.

La Corte aclaró que la semana cotizada debe entenderse como un período de siete días calendario, siguiendo el parágrafo 2° del artículo 33 de la Ley 100 de 1993. Esta nueva interpretación marca un giro importante, pues favorece la protección del derecho a la seguridad social en el acceso a prestaciones pensionales.


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