El magistrado José Francisco Acuña Vizcaya en sentencia SP005-2023 salvo parcialmente su voto frente un proceso de ayuda al suicidio, planteando una interesante tesis. Para el magistrado debió aplicarse la excepción de inconstitucionalidad sobre la norma que establece la ayuda al suicidio como un delito y, como consecuencia, absolverse al procesado del cargo que le fue imputado.
El magistrado hizo una precisión sobre la constitucionalidad de la represión penal de la ayuda al suicidio de un tercero de la siguiente forma:
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